La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región
(TSJ) ha confirmado la procedencia del despido de un vigilante de
seguridad de la empresa "S.D.E., SAU", que fue acordado al observar que
no había acudido a comprobar sendas alarmas, además de presentar
kilometrajes que no justificó.
El Juzgado de lo Social, en su resolución de junio de 2011, consideró
acreditados los hechos tenidos en cuenta por la empresa para acordar el
cese de la relación laboral y desestimó la demanda que presentó el
trabajador.
Al desestimar el recurso, la Sala, entre otras consideraciones, afirma
que lo alegado por el recurrente, que atribuía su despido a una
represalia por la reivindicación laboral presentada con anterioridad, no
ha sido acreditado.
Por el contrario, añade, "está probado que desobedeció las órdenes
empresariales y conculcó la buena fe contractual que debe presidir toda
relación laboral, principalmente, en materia de seguridad, como la
presente".
21/09/2012 Noticias EFE
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