viernes, 11 de noviembre de 2011

Recordatorio Permiso Elecciones


Puesto que en las anteriores elecciones municipales, algunos trabajadores tuvieron algún problema con la empresa para cobrar las horas de votación, pasamos a indicaros la cantidad que corresponde y la manera de solicitarlas.

El trabajador deberá comunicar a la empresa la intención de ejercitar su derecho al  voto cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:

PERMISOS RETRIBUIDOS

    * 2 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales.

    * 3 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales.

    * 4 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.

    * No tendrán derecho a permiso retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un período inferior a dos horas.

     * En el caso de los trabajadores a tiempo parcial los permisos retribuidos se verán reducidos en proporción a su jornada de trabajo y la jornada habitual de los trabajadores a tiempo completo.
   
     * El día de la votación será de permiso retribuido para los presidentes, vocales e interventores mientras que el día inmediatamente posterior tendrán cinco horas.
    
     * A los apoderados el permiso solo les corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación.
    
     * Si alguno de los trabajadores detallados anteriormente tuviera que trabajar en el turno de noche la jornada inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, y a solicitud del interesado, deberá cambiar su turno para que pueda descansar la noche anterior al día de la votación.

Solicitar el permiso mejor por escrito que por teléfono y hacerlo con tiempo suficiente para que la empresa pueda organizar el servicio convenientemente, no valen los acuerdos entre compañeros, ni con el jefe de equipo sin el conocimiento y permiso de la empresa.

Una vez efectuado el voto, se pedirá en la mesa electoral el justificante de voto, que sirve para justificar a la empresa que realmente se ha votado.

Esperamos que haya quedado aclarado el tema y todos los que solicitéis el permiso lo podáis cobrar sin ningún tipo de problema.

Aunque se vote en blanco es fundamental ejercer este derecho

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